Area Derecho Mercantil

El Derecho Mercantil surge en la Edad Media como el Derecho especial de los comerciantes. En los ordenamientos jurídicos de los pueblos antiguos se encuentran manifestaciones de instituciones jurídico-mercantiles, pero ni siquiera en Roma, donde el Derecho privado alcanzó una perfección admirable, existió un verdadero Derecho Mercantil.

 

En los siglos X y XI, en particular en Italia, cuando el Derecho romano perdió su flexibilidad y mezclado con el Derecho germánico y canónico formó el Derecho común, que no se adaptaba a las necesidades de un comercio cada vez más floreciente, apareció el Derecho Mercantil bajo la presión de los propios mercaderes, que, asociados en corporaciones, dictaron las normas que creyeron convenientes.

 

Siguiendo a SÁNCHEZ-CALERO, actualmente podemos definir el Derecho Mercantil como “la parte del Derecho Privado que comprende el conjunto de normas jurídicas relativas al empresario y a los actos que surjan del ejercicio de su actividad económica.

 

A fin de ofrecer el mejor asesoramiento legal a nuestros clientes, y en lo relativo al Área de Derecho Mercantil se refiere, podrá realizar consultas sobre por ejemplo las siguientes materias:

 

  • Constitución de Sociedades.
  • Operaciones Societarias en General (Reducción y Ampliación de Capital, modificaciones estatutarias…)
  • Contratos Mercantiles.
  • Procedimientos en ejercicio de la Acción de Responsabilidad de los Administradores.
  • Propiedad Insdustrial.
  • Reclamación de impagados, monitorios, procedimientos cambiarios…
  • Derecho Concursal.
  • Asesoramiento Órganos Sociales.
  • Derecho Bancario o Seguros.
  • Supervisión de operaciones de préstamo y de crédito, ejecución de todo tipo de garantías financieras: garantías a primer requerimiento, fianzas, prendas, hipotecas mobiliarias e inmobiliarias.